Una vez que Ud. es beneficiado con el Subsidio Habitacional DS-52 “Arriendo” debe
seguir los siguientes pasos:
Buscar una vivienda que cumpla con los siguientes requisitos:
1-Tener Rol de SII, cuyo destino sea Habitacional
2-Tener Recepción Municipal
3-Tener mínimo 3 recintos (Dormitorio, Baño, estar-comedor-cocina)
4-Barrio sin intervenciones MINVU
5-Sin Prohibiciones de arrendar ni embargo
6-No ser la vivienda que habitaba la familia como allegada
7-No provocar hacinamiento (máximo 3 personas por dormitorio).
Antecedentes del Arrendador:
* Debe ser propietario de la vivienda
* No estar beneficiado con un subsidio de Arriendo vigente.
* No poseer parentesco por consanguineidad ni afinidad con el arrendador.
* Contrato de Arriendo formato MINVU para su revisión y validación debe ser ingresado mediante
la página del MINVU (www.minvu.cl), a través de formulario de contacto, adjuntando los siguientes antecedentes y documentos:
- Nombre completo, Rut, dirección, profesión u oficio, estado civil y régimen matrimonial (arrendador y arrendatario)
- Rol de la propiedad a arrendar (Certificado de Avalúo Fiscal)
- Monto del arriendo (No puede superar lo indicado en la Resolución del llamado)
- Indicar si corresponde Mes de Garantía
- Datos de la Cuenta del Arrendador (Formulario A-05 Bis, formulario entregado por SERVIU) (DESCARGAR ABAJO)
- Declaración Jurada de Parentesco (Formulario A-07, formulario entregado por SERVIU) (DESCARGAR ABAJO)
- Declaración Jurada de la Vivienda (Formulario A-06, formulario entregado por SERVIU) (DESCARGAR ABAJO)
Declaración Jurada de la Vivienda (Formulario A-06)
Declaración Jurada de Parentesco (Formulario A-07)
Datos de la cuenta del Arrendador (Formulario A-05)
Los Contratos de Arriendo se Realizan entre el día 01 hasta el dia 20 de cada mes.
- Certificado de Dominio Vigente (Conservador de Bienes Raíces)
- Certificado de Hipotecas y Gravámenes, Prohibiciones e Interdicciones (Conservador de Bienes Raíces)
- Recepción Definitiva (Departamento de Obras Municipales, debe indicar domicilio de la propiedad, en caso de no especificar, complementar con certificado de numeración domiciliaria)
- Certificado de Avalúo Simple (Servicio de Impuestos Internos)
- Copia de cédula de identidad ambos lados de las partes; Arrendataria - Arrendador
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Fotocopia de Recibo de Luz y Agua Cancelado y actualizado
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En caso de herencias :
- Declaración Jurada Notarial de autorización de herederos. - Posesión efectiva (Herencia)
En el caso del Representante de herederos, debe adjuntar copia de la cédula de identidad a su poder notarial.
Importante: El plazo para activar el Subsidio de Arriendo es de máximo 24 meses desde la publicación de la nómina. El beneficiario tiene un plazo de 12 meses para iniciar un nuevo contrato, después de la finalización del anterior.
- Debes efectuar tu copago a través de Banco Estado y siempre por adelantado, el primer copago debe realizar antes del 30 del mes en que usted realizó su contrato de arriendo y desde el segundo mes en adelante debe realizar su copago entre los días 01 y 05 del mes que corresponde cancelar.
- Para pagar debes indicar tu Rut o presentar tu cédula de identidad e indicar que realizarás un pago del convenio “Arriendo Subsidio MINVU”.
- Si el pago se realiza en Caja Vecina, se debe mencionar el código "8937".
- El Banco indicará el monto a pagar, que corresponderá al monto en pesos que aparece en el contrato de arriendo.
- El Banco te entregará un comprobante de recaudación o un timbre electrónico.
- El Banco informa el copago al MINVU y este paga el subsidio.
- El Banco distribuirá al arrendador el monto del copago y Subsidio el día hábil 10 de cada mes en la cuenta personal del arrendador el día hábil siguiente con documento a cobrar en la sucursal o depósito en cuenta bancaria.
Importante: En caso que sea el primer mes de arriendo deberás pagar una cuota correspondiente al mes de arriendo y otra cuota para cubrir el mes de garantía (si es que el contrato así lo indica) y la fecha máxima para el pago es el último día hábil del mes en que se validó el contrato y desde el segundo copago en adelante aparecerá en sistema desde el día 01 hasta el día 05 de cada mes.
Importante: El incumplimiento del pago no generará el término inmediato del beneficio, a menos que éste, acumule una deuda total equivalente a 3 copagos de arriendo. Si esto ocurre, el MINVU pagará al arrendador el valor correspondiente al Subsidio por última vez y ya no podrá celebrar nuevos contratos con el beneficio. Para poder postular a otros Subsidios MINVU, se exigirá que pague las cuotas adeudadas. (Art. 50 y 51 del D.S. N°52 de (V. y U.) del 2013).
- Nota1: Los costos de la Notaría son de cargo del Beneficiario.
- Nota2: El monto del arriendo se reajustará según IPC cada 12 meses.
- Nota3: El comienzo del pago del Subsidio, queda sujeto al primer copago del Beneficiario.
- Nota 4: El SERVIU recibirá el contrato y lo incorporará al sistema. A partir de ese momento se validará el contrato, el subsidio se activa al realizar el primer copago.